sábado, 9 de enero de 2010

Corte ordena suspensión de explotación minera en Cerro Chorcha

Corte ordena suspensión de explotación minera en Cerro Chorcha
Publicado el Enero 7, 2010 por Editor
DECISION. LA ACTIVIDAD ABARCABA CINCO ZONAS EN LA COMARCA NGöBE BUGLE

De acuerdo con la decisión de la máxima corporación de justicia, la compañía CUPRUM RESOURCES Corp. no contaba con el Estudio de Impacto Ambiental (EIA).


Yuriela Sagel

PA-DIGITAL
Advertencia. La explotación minera está bajo la lupa de los grupos ambientalistas.

La suspensión de la explotación minera en cinco zonas de la provincia de Chiriquí fue ordenada por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, tras considerar posibles daños ecológicos y sociales en la región.

El fallo, bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides, suspende los efectos del contrato N.º 006 de 16 de febrero de 2005, celebrado entre el Ministerio de Comercio e Industrias y la compañía CUPRUM RESOURCES Corp. para la explotación de minerales metálicos.

La actividad abarcaba cinco zonas correspondientes a la comarca Ngöbe Buglé, que son: la Emplanada de Chorcha, Soloy y Boca de Balsa, distrito de Besikó y Guariviana, distrito de Kankintú.

La medida del Tribunal de Justicia se sustenta en la ausencia de participación ciudadana, los posibles daños ecológicos que pueden sufrir o esté sufriendo la población y la no existencia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA), aprobado por la Autoridad Nacional del Ambiente (ANAM), autorizando la ejecución del contrato.

Según el fallo, cualquier actividad minera que se realice sin ajustarse a la legislación vigente atenta contra los valores ecológicos del país, pudiendo provocar graves afectaciones e, incluso, con daños irreversibles.


La autoridad judicial ejerce el deber del Estado para con todos los habitantes del territorio nacional, de propiciar un desarrollo social y económico sin contravenir el equilibrio ecológico y protegiendo los pueblos indígenas.

Eliseo Vargas, dirigente indígena, manifestó que la suspensión de este proyecto constituye un despertar de los organismos del Estado, sobre todo, cuando proviene de la máxima instancia de justicia del país.

Sostuvo que la lucha de los pueblos indígenas no tiene color ni banderías políticas, sino que buscan hacer valer sus derechos sobre el territorio y protegerlo.

La Autoridad Nacional del Ambiente rechazó, el año pasado, el Estudio de Impacto Ambiental, tras argumentar que se encontraba en áreas protegidas y comarcales.

Además, por presentar información inconsistente, pues no establecía cuál será el manejo y disposición de las aguas residuales ni el proceso para remediar derrames.

La Alianza para la Conservación y Desarrollo denunció que esto no ha sido impedimento para que continúen con las exploraciones en el área.

———————————–

Ordenan paralizar exploración de oro


Comunidad de Kankintú, afectada por la concesión. LA PRENSA/Carlos Lemos1317653

Mary Triny Zea C.
mzea@prensa.com

La empresa Cuprum Resources Corp. debe detener sus investigaciones de oro y otros metales en cinco zonas de la comarca Ngäbe Buglé y en la provincia de Chiriquí.

El fallo de 24 de diciembre de 2009, bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides en la Sala Tercera Contencioso Administrativa, ordena suspender temporalmente el contrato N°006 de 16 de febrero de 2006.

El líder indígena y demandante César Salazar solicitó la nulidad del contrato, alegando que el Ministerio de Comercio e Industrias otorgó el contrato “sin observar el traslape de la concesión con la Reserva Forestal de Fortuna, que dota de recursos hídricos a la hidroeléctrica con el mismo nombre”. Además, porque se encuentra dentro del bosque protector Palo Seco, un área protegida.

suspensión de exploración minera

Piden cambios en concesión
Para poder obtener su contrato deben salir de las zonas protegidas, dijo Quijano, viceministro de Industrias y Comercio.

mary triny zea c.
mzea@prensa.com

No presentar estudio de impacto ambiental aprobado por la Autoridad Nacional del Ambiente, ni instaurar un mecanismo de participación ciudadana fueron algunos de los argumentos para suspender temporalmente la exploración de oro y otros metales a Cuprum Resources Inc.

Ahora le toca a la minera “rediseñar su concesión”, salir del parque protegido, realizar la consulta ciudadana y hacer el Estudio de Impacto Ambiental para tener derecho a su concesión, dijo el viceministro de Industrias y Comercio, Ricardo Quijano.

La Sala Tercera juzgó con prudencia por tratarse de un asunto delicado, comentó Félix Wing, director legal del Centro de Incidencia Ambiental. “El interés ambiental y de los indígenas está por encima de cualquier otro particular”.

Por su parte, Juan Sevillano, abogado de la Asociación Nacional para la Conservación del Ambiente, destacó que es tarea del Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) hacer cumplir lo ordenado.

Para Quijano, “el fallo tiene mérito”, y criticó a la administración pasada del Mici, liderada por Manuel José Paredes por no “percatarse del traslape en las zonas que protegen al Bosque Protector Palo Seco, áreas de la Reserva Forestal La Fortuna y la zona de amortiguamiento del Parque Internacional La Amistad”.

Se intentó contactar a la empresa y al ex ministro para que dieran su versión del tema, pero no respondieron.

————————————

En Marzo la Autoridad Nacional del Ambiente de Panamá había rechazado un Estudio de Impacto Ambiental categoría I que pretendía legalizar sus acciones in situ, según datos de La Prensa el 19 de Marzo de 2009.

Descartaron a la empresa Cuprum Resources Corp. el estudio de impacto ambiental (EIA) para la exploración minera en cerro Chorcha.
La Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) rechazó del EIA principalmente debido a que el proyecto se encuentra en áreas protegidas y comarcales.

Mónica Palm, periodista de Prensa.com explica que «la concesión que tiene Cuprum, desde principios de 2006, es para realizar exploraciones de oro y otros minerales en una superficie de 24.3 hectáreas, repartidas en la provincia de Chiriquí y la comarca Ngöbe Buglé.”

VER RESOLUCIÓN DE RECHAZO DEL EIA: Resolución DIEORA-RECH-033-09

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Favor dejar sus comentarios, le agradeceremos su nombre y direccion si fuera posible, aunque no es imprescindible y que sea respetuoso. Muchas Gracias.